jueves, 18 de septiembre de 2014


PROVEER DE CONFORMIDAD, QUE SE HIZO JUSTICIA EN EL ABUSO SEXUAL INFANTIL

                                                                  “Para recuperar la infancia, tengo 2 años más. Hasta los 13 años. Yo perdí la infancia”


Un niña castaña, de ojos marrones, con sonrisa tierna junto a su hermano, morocho, rabioso por momentos, por otros alegre, ambos felices, contentos por no tener más en su hogar a ese OGRO mal parido, cómo lo llamaban, quien por destino de la vida les dio su apellido, quien para la ley y la sociedad es su progenitor, pero dentro de poco ya no ostentarán más su apellido.

OGRO que tanto mal les has hecho, tanto dolor y desprecio noche a noche, dónde la niña amanecía con el pijama fuera de lugar, ya que era sacado mientras ella dormía y puesto posteriormente. Dónde su peor época comenzó a los 2 años, en la cual, emprendió a forjar cosas que hoy le da vergüenza decir, cuando le hacía esas cosas del sexo, cómo lo llamaba, se encontraba durmiendo. Dónde lo único que puede decir hoy, es que a los 9 años tomó la decisión de cortarla y olvidarse de todo el pasado. Todo lo que le hizo lo enterró en su mente.   

OGRO que obligaste ver películas pornográficas, OGRO que no ponías su pene en la vagina de tu hija porque le dolía mucho, y lo ponías por detrás y ella no trataba de llorar, así aguanto nueve años de su vida, para ser precisos, pero lo hiciste por primera vez cuando ella tenía tan sólo tres años, si bien le dolía, ya que era una niña, lo naturalizó por las veces que lo llevabas a cabo. Ella se aguantaba, ya que le pegabas y no pegabas una simple cachetada, ella tenía miedo de “no contar el cuento”, de más está decir, que “su mamá la iba a retar si lo sabía”.

OGRO que abusabas todos los días, la agarrabas de sorpresa cuando dormía y le hacías eso del sexo oral cómo lo decía, la tocaba en la frente, en todas partes, sus zonas íntimas por debajo de la ropa todo el tiempo. Ella trataba de disimular en la escuela para que nadie se diera cuenta y nadie se preocupara por ella.

No se conformaba con la hija sino que también abusó de su hijo y para más prefería el sexo entre ellos. ¡Que padre ejemplar!

Abusaba de su hijo, haciéndole mirar películas pornográficas y de zoofilia, aunque si bien el niño se tapaba los ojos, lo amenazaba y obligaba a que mantuviera relaciones sexuales con su hermana.

Fueron nueve años que abusó hasta el día en que la Justicia lo excluyó del hogar. Allí comenzó de a poco la paz, en los niños, y en su valiente madre. A partir de entonces, comenzó su lucha judicial.

Fueron pericias de un lado y de otro, en el fuero Civil y Penal, citaciones, declaraciones, secuestros de equipos, etc.

En los exámenes, los discursos de los niños no evidenciaron manifestaciones de confusión, ni fallas en la lógica, la secuencia narrativa desplegada en sus declaraciones fueron espontáneos, con estructura lógica, coherencia, aportando coordenadas espaciales y temporales.

Para no ser dato menor, durante el proceso, los niños se mostraban hostiles y confrontaban hacia la figura del OGRO, responsable de los hechos.

En virtud de los hechos que se le imputaron al OGRO, es de confirmar que la figura paterna quedó absolutamente aniquilada, y desacreditada y que los niños se vieron  inmersos en una perversión adulta que hicieran que vivieran como normal, lo que no era de tal manera.

La ausencia de contundentes indicadores de estrés post traumático, encontraron su explicación, justamente, en la magnitud y reiteración de las conductas abusivas y en modo alguno mejoró la situación procesal del OGRO. Al contrario, resultó un indicio cierto, preciso y concordante que robusteció la versión acusatoria.

En consecuencia, de los relatos de los niños, las conclusiones de los profesionales que los entrevistaron y los examinaron durante la etapa preparatoria, surgieron elementos que otorgaron sustento a la imputación del Sr. OGRO.

En la etapa instructoria o preparatoria, el OGRO fue procesado, por considerarlo “prima facie” autor del delito de corrupción de menores agravado por el vínculo (dos hechos) ergo, los dos hermanos, (arts. 45, 55, 125 tercer párrafo del CP y 310 del CPPN). Se sumó a su vez a la  imputación, el delito por la posible comisión del delito de desobediencia por  la violación a la prohibición de acercamiento dispuesta por el Juzgado Civil, en el marco de la denuncia por violencia familiar. Por lo tanto, la EXCELENTE Juez de Instrucción dictó la PRISIÓN PREVENTIVA DEL OGRO. Dispuso  a su vez, trabar embargo por la suma de $50.000 sobre los bienes y dinero del nombrado.

Amén de lo expuesto, cuando la causa se elevó a Juicio Oral, el Tribunal teniendo en cuenta las características y aristas del presente proceso, decidió llevar a cabo el debate con la detención dispuesta en la  instancia anterior. Tal decisión revistió para la fuerte madre, un descanso provisorio.

En la etapa de Juicio Oral, se volvió a escuchar y ratificar las pericias y exámenes llevadas a cabo en los niños, se sumaron nuevos testimonios, se llevó a cabo posteriormente los alegatos y cómo última ratio HOY PUEDO DECIR QUE EL VEREDICTO ES UNA SENTENCIA EJEMPLAR ya que el Tribunal CONDENÓ POR ABUSO SEXUAL AGRAVADO POR HABER SIDO COMETIDO POR UN ASCENDENTE DE LA VÍCTIMA RESPECTO A LA NIÑA Y EN CONCURSO REAL CON PARTICIPACIÓN DE LA CORRUPCIÓN AGRAVADA RESPECTO AL NIÑO EN 13 AÑOS DE PRISIÓN EFECTIVA. ABSOLVIÉNDOLO RESPECTO AL DELITO DE DESOBEDIENCIA.

Por todo ello,

Proveer de conformidad,
Que se hizo JUSTICIA