miércoles, 30 de noviembre de 2016


MEDIDAS COMPLEMENTARIAS EN EL MARCO DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO.
TOBILLERA ELECTRÓNICA 




  INTRODUCCIÓN

En el marco de los procesos por violencia familiar, particularmente en aquellos valorados de alto riesgo, es factible que se le otorgue a la mujer judicialmente una medida de protección complementaria cómo es la tobillera electrónica. Si bien antiguamente contábamos con el botón de pánico, hoy aparece en escena en el marco de protección a las mujeres atravesadas por las violencias un nuevo dispositivo electrónico cómo es la tobillera electrónica. 

             
                                            FUNCIONAMIENTO

Las tobilleras electrónicas poseen un geolocalizador para los agresores. El sistema permite detectar si el agresor viola la medida de prohibición de acercamiento respecto de la mujer. En caso en que la perimetral sea violada el registro del hecho permitirá luego ser utilizado en sede penal frente a la denuncia de desobediencia.
Lo característico de éste dispositivo es que, a diferencia del botón de pánico, la tobillera actúa directamente cuando el denunciado viola la perimetral, ya frente al hecho en sí de que el violento está circulando en la zona restringida, ello da una señal de alerta a la Central de Monitoreo, quien enviará un móvil policial, a la vez que se comunica inmediatamente con la mujer.
El Centro de Monitoreo dependiente de la Policía Metropolitana, actúa de manera constante respecto de la mujer manteniendo comunicaciones periódicas con ella, su familia y con el agresor.
Supervisa en forma permanente el estado de la malla y la traba plástica de cierre. El contacto del transmisor con la piel. El nivel de batería. Si existe o no movimientos por parte del agresor.
Asimismo, el transmisor es fácil de utilizar, flexible, resistente a golpes y caídas, sumergible. El tiempo de vida de la batería es de 12 meses.
El sistema está compuesto por dos rastreadores, uno es otorgado al agresor y otro a la mujer:
Rastreador del Denunciado:
a)      Recibe transmisión de la tobillera.
b)      Determina si la misma está dentro del rango configurado.
c)      Determina ubicación geográfica GPS y retransmite el CGYM utiliza un vínculo celular de datos, el cual recibe llamadas de voz y las envía a teléfonos predeterminados.

Rastreador de la Mujer:
a)      Determina la distancia entre el rastreador del agresor y el de la mujer.
b)      Proporciona un perímetro de protección para la mujer que la acompaña, ya sea cuando la misma se encuentra en su casa o se desplaza.
c)      Detecta por si sola la tobillera del agresor.
d)      Incorpora un botón de pánico que habilita un teléfono celular para que la mujer se pueda comunicar con el Centro de Monitoreo.

                                            CONCLUSIÓN

Como pudimos apreciar la tobillera electrónica nos trae un cambio de paradigma, si bien con el botón de pánico es la mujer quién debe estar en estado de alerta constante, con éste nuevo dispositivo será el violento quien deberá estarlo, trasladándose a él en tal sentido la carga.
No dejo de soslayar que en nuestro país la tobillera resulta relativamente novedosa, pero no lo es a su vez, para otros países como Uruguay, en dónde se colocaron 800 tobilleras desde el año 2013, en el marco de procesos por violencia familiar.


Si bien la tobillera al igual que el botón de pánico son dispositivos tecnológicos complementarios a las medidas de protección que amparan las leyes, soy del criterio que la tobillera complementa la protección hacia la mujer, pero no es la solución a fin de erradicar la violencia. Siempre lo sostengo, las leyes están al alcance de los jueces siendo facultad de ellos su aplicación.